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Bases jurídicas de las sanciones de la UE — cómo se estructura el sistema y qué significa para tu empresa

Tratados, reglamentos del Consejo, decisiones PESC, directiva 2024/1226 — explicamos paso a paso la jerarquía de los actos jurídicos de las sanciones de la UE, en lenguaje para pymes.

Publicado: · Equipo Sanqto · 23 min de lectura
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Esquema de la jerarquía de los actos jurídicos de las sanciones de la UE — de los Tratados a través de los reglamentos del Consejo hasta el Derecho nacional
Las sanciones de la UE no son un único acto, sino un sistema construido por niveles — de los Tratados a los reglamentos directamente aplicables a tu empresa.

Las sanciones económicas de la UE no son un único acto jurídico, sino todo un sistema construido en varios niveles — desde los Tratados de la Unión, pasando por las decisiones políticas del Consejo y por los reglamentos directamente aplicables a tu empresa, hasta la normativa nacional española de aplicación.1 Si no sabes qué nivel te afecta y de dónde nacen tus obligaciones, difícilmente podrás hacer un sanction screening con sentido. Este artículo explica la jerarquía de los actos paso a paso — sin jerga jurídica, con números concretos de disposiciones.

Situación jurídica a fecha: 2026-05-20.


En resumen — lo más importante en cinco puntos

  • Base en los Tratados — la UE impone sanciones económicas sobre la base del art. 29 TUE (Tratado de la Unión Europea) y del art. 215 TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). Es la «constitución» de todo el sistema.
  • Decisión del Consejo (PESC) — decisión política del Consejo de la UE adoptada en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común; define el objetivo y el alcance de las sanciones, pero por sí sola no es directamente exigible a las empresas.
  • Reglamento del Consejo — es el acto que crea las obligaciones reales: prohibiciones de operaciones, congelación de activos, listas de entidades. El reglamento de la UE es directamente aplicable en todos los Estados miembros — sin necesidad de ninguna ley nacional. Clave para España: el Regl. (UE) n.º 269/20142 y el Regl. (UE) n.º 833/2014.3
  • Derecho nacional español — complementa el régimen de la UE: el régimen administrativo sancionador se apoya en la Ley 19/2003 (movimientos de capitales y transacciones con el exterior).1 España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones; se aplica la lista consolidada de la UE.4
  • Directiva 2024/1226 — introduce la criminalización de las infracciones de las sanciones de la UE, pero exige transposición al Derecho nacional; la directiva por sí sola no vincula directamente a tu empresa — solo te vincula la futura ley nacional de transposición.

Por qué una empresa ajena al sector financiero debe entender las bases jurídicas de las sanciones

La mayoría de los titulares de pymes, al oír hablar de las sanciones de la UE, da por hecho que es un problema de los bancos y de las entidades financieras. Es un error que puede salir caro. Los reglamentos del Consejo de la UE — es decir, los actos jurídicos que crean las prohibiciones de sanciones — se dirigen a «toda persona física o jurídica, entidad u organismo» que opere en el territorio de la UE.2 Aquí no hay excepción para las agencias de viajes, las inmobiliarias, las empresas de arrendamiento financiero ni el e-commerce.

Para saber qué te obliga y de dónde nace, tienes que entender sobre qué base jurídica surgen las sanciones en primer lugar. De lo contrario, dependes de noticias sueltas en los medios y no sabes si una determinada prohibición ya está en vigor o aún requiere una ley nacional, si afecta a tu sector o no. A continuación explicamos este sistema desde los cimientos.

Encontrarás una revisión detallada de a quién afectan exactamente las obligaciones en materia de sanciones en el artículo ¿Quién está obligado a hacer sanction screening?


Los Tratados de la UE — el fundamento de todo el sistema (art. 29 TUE y art. 215 TFUE)

Todo reglamento de sanciones de la UE tiene su base en los Tratados. Los Tratados — el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) — son la constitución de la Unión. En ellos está recogida la competencia de la UE para imponer sanciones económicas a terceros Estados, personas físicas y entidades.

El artículo 29 TUE faculta al Consejo de la UE para adoptar decisiones en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Dicho de forma directa: el art. 29 TUE es la disposición sobre cuya base el Consejo puede decidir políticamente que a un determinado país o grupo de entidades se le aplican medidas restrictivas. Ahora bien, la decisión del art. 29 TUE no impone por sí sola obligaciones directas a las empresas — es un acto político del Consejo, no un acto de aplicación general.

El artículo 215 TFUE es el segundo paso. Establece que, cuando el Consejo ha adoptado una decisión PESC (p. ej., con base en el art. 29 TUE), puede a continuación — por mayoría cualificada, a propuesta del Alto Representante y de la Comisión Europea — adoptar un reglamento que introduzca medidas restrictivas frente a terceros Estados, personas físicas o entidades. Es precisamente el reglamento del art. 215 TFUE el acto que crea tus obligaciones como empresa. El reglamento de la UE es directamente aplicable en cada Estado miembro — sin necesidad de aprobar una ley nacional.

En la práctica, cada «paquete de sanciones» contra Rusia se compone de un par: una decisión PESC (base en el art. 29 TUE) y un reglamento del Consejo (base en el art. 215 TFUE). Ejemplo: al Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/20143 lo acompaña la Decisión del Consejo 2014/512/PESC.5


Decisión del Consejo y reglamento del Consejo — cómo nace un paquete de sanciones

Cuando la UE quiere imponer nuevas sanciones, el procedimiento es el siguiente. El Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), junto con el Alto Representante para la Política Exterior, prepara la propuesta. El texto pasa por el COREPER — el Comité de Representantes Permanentes de los Estados miembros ante la UE — donde tiene lugar la negociación real del contenido. El Consejo de la UE adopta el paquete; en el caso de la decisión PESC se exige unanimidad, y en el caso del reglamento del art. 215 TFUE, mayoría cualificada. Una vez adoptados, ambos actos se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea y, por regla general, entran en vigor al día siguiente.

Para tu empresa, el momento clave es la publicación en el Diario Oficial de la UE — desde ese día el reglamento es directamente aplicable. No esperas a una ley española. No esperas a una circular del Ministerio de Economía. Si una contraparte ha quedado incluida en la lista, la prohibición de operar con ella rige desde el día de la publicación. Por eso las empresas con un cumplimiento bien organizado vigilan el Diario Oficial — o utilizan sistemas que lo hacen automáticamente.

Un paquete típico no es un único acto, sino un conjunto de varios documentos: un reglamento del Consejo que modifica el reglamento de base (p. ej., 269/2014 o 833/2014), una decisión PESC y, a veces, un reglamento de ejecución de la Comisión que actualiza los anexos con las listas de nombres. Para los 20 paquetes de sanciones contra Rusia6 anunciados desde febrero de 2022, esta estructura es constante. Encontrarás una revisión completa de todos los paquetes con fechas y cambios clave en el artículo ¿Cuántos paquetes de sanciones de la UE hay contra Rusia y qué cambian para las empresas?


Reglamento y directiva — la diferencia clave

Esta distinción es lo más importante que debes retener de este artículo.

El reglamento de la UE entra en vigor en toda la Unión de forma automática, con la misma redacción, en los 27 Estados miembros, sin ninguna ley nacional adicional. La prohibición contenida en el Reglamento del Consejo (UE) n.º 269/20142 obliga por igual a una empresa de construcción española, a una agencia de viajes eslovena y a un importador de acero finlandés — desde el día de su publicación en el Diario Oficial de la UE. España no puede suavizar, modificar ni retrasar esa prohibición mediante un acto jurídico nacional.

La directiva de la UE funciona de otra manera. Fija a los Estados miembros un objetivo que alcanzar, pero deja la forma de aplicarlo al legislador nacional. La directiva, en sí misma, no crea obligaciones directas para las empresas — solo la ley nacional de transposición traslada su contenido a un Derecho que te vincula. El plazo de transposición que la directiva fija a los Estados es un plazo para el legislador — España tiene la obligación de aprobar la ley dentro de ese plazo, pero mientras no la apruebe, la directiva solo te afecta de forma indirecta.

¿Por qué importa esto en la práctica? Porque en el sistema de sanciones de la UE convivimos con ambos tipos de actos. Los reglamentos 269/20142 y 833/20143 obligan a tu empresa ahora, sin ninguna ley nacional. La Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) 2024/1226, de 24 de abril de 2024, relativa a la definición de los delitos y de las penas por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión7 es otro tipo de acto — exige transposición.

En España, la transposición de la Directiva 2024/1226 está pendiente: se tramita mediante el Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal (LO 121/000072), todavía no aprobado.8 Mientras no se publique en el BOE, las penas penales específicas por incumplir las medidas restrictivas de la UE no nacen directamente de la directiva, sino que nacerán de esa futura ley nacional. Puedes leer más sobre lo que el proyecto cambiaría para las empresas ajenas al sector financiero en el artículo ¿Qué penas conlleva incumplir las sanciones?


El nivel nacional — el régimen administrativo español y la lista de la UE

Junto al régimen de la UE opera en paralelo el Derecho nacional español. El núcleo del régimen administrativo sancionador es la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.1 Este marco hace, esencialmente, tres cosas.

En primer lugar, articula la aplicación administrativa de las sanciones financieras internacionales. Las medidas de salvaguardia y excepcionales (art. 4–5 de la Ley 19/2003) son la base de la congelación de fondos en el ámbito nacional, y la autoridad competente en sanciones financieras internacionales es el Tesoro Público (Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional).4

En segundo lugar, el régimen español establece el cuadro de infracciones y sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de los reglamentos de la UE. El Capítulo II de la Ley 19/2003 clasifica las infracciones en muy graves, graves y leves (art. 8) y fija su cuantía (art. 9): para las muy graves la multa puede llegar al tanto del contenido económico de la operación (con un mínimo de 30 000 €); para las graves, a la mitad (mínimo 6 000 €); y para las leves, a un cuarto (mínimo 3 000 €).9 A ello se suma, en el plano de la prevención del blanqueo de capitales, el régimen sancionador de la Ley 10/2010, de 28 de abril, que para los sujetos obligados prevé multas que pueden alcanzar cuantías muy elevadas.10

En tercer lugar, existe un mecanismo específico de bloqueo de la financiación del terrorismo: la Ley 12/2003, de 21 de mayo, crea la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT), que puede acordar el bloqueo de fondos vinculados a la financiación del terrorismo.11 El régimen de sanciones frente a Bielorrusia, por su parte, se apoya en un reglamento de la UE distinto, el 765/2006 — su alcance lo tratamos en el artículo sobre las sanciones de la UE contra Bielorrusia.

Una advertencia importante: el Derecho español opera en paralelo a los reglamentos de la UE, no en su lugar. Tu empresa debe respetar ambos regímenes a la vez. La prohibición contenida en el Reglamento 269/2014 o 833/2014 te obliga con independencia del Derecho nacional. España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones: la lista vinculante es la consolidada de la UE,12 complementada por las listas de la ONU y, en los puntos de contacto con EE. UU., la lista OFAC.

Si quieres ver qué penas concretas existen y cómo será la responsabilidad penal tras la Directiva 2024/1226, ve al artículo ¿Qué penas conlleva incumplir las sanciones?


Cómo leer un acto de sanciones en EUR-Lex — una minigía práctica

EUR-Lex (eur-lex.europa.eu) es la base de datos oficial de los actos jurídicos de la Unión Europea. Cada acto tiene su número CELEX, que permite identificarlo de forma inequívoca. El formato del número CELEX es así: 3 (indica los actos de Derecho derivado de la UE) + año + letra (tipo de acto) + número. Ejemplos:

  • 32014R0269 — reglamento (R) de 2014, n.º 269
  • 32014R0833 — reglamento (R) de 2014, n.º 833
  • 32024L1226 — directiva (L) de 2024, n.º 1226

Para encontrar la versión consolidada del Reglamento 269/2014 con todos los cambios incorporados por los sucesivos paquetes, entra en EUR-Lex, escribe en el buscador 32014R0269 y selecciona la pestaña «Texto consolidado». Es la versión que tiene en cuenta todas las modificaciones — mucho más fácil de leer que seguir por separado cada reglamento modificativo.

En la estructura de un reglamento de sanciones encontrarás varios elementos clave. El preámbulo (considerandos) explica el contexto político y el objetivo de las sanciones — se lee para entender la intención del legislador. Los artículos contienen las prohibiciones y obligaciones reales — son las disposiciones que te vinculan. Los anexos son listas: de personas y entidades (en el 269/2014) o de productos con códigos NC (en el 833/2014). Las prohibiciones de productos del 833/2014 se reparten por más de una docena de anexos vinculados a artículos concretos (art. 3, 3a, 3i, 3k y siguientes) — para comprobar si tu producto está sujeto a prohibición, tienes que saber qué anexo corresponde a tu código NC y al sentido del comercio (importación frente a exportación).

Como alternativa a EUR-Lex puedes usar la página de la DG FISMA (Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales de la Comisión Europea)13 en finance.ec.europa.eu. Allí encontrarás la cronología de todos los paquetes con enlaces directos al Diario Oficial de la UE.6 Es un buen punto de partida cuando quieres comprobar qué ha cambiado un nuevo paquete concreto antes de adentrarte en el texto completo del reglamento.


Qué hacer en concreto — lista de pasos para tu empresa

Entender la jerarquía de los actos no es un ejercicio académico — se traduce en acciones concretas de cumplimiento en tu empresa. Esto es lo que deberías hacer.

  1. Identifica qué reglamentos afectan a tu actividad. Si tienes contrapartes de Rusia o Bielorrusia, o comercias con productos sujetos a las listas NC: revisa el Reglamento 269/20142 (lista de personas y entidades), el Reglamento 833/20143 (prohibiciones sectoriales y de productos frente a Rusia) y el Reglamento 765/200614 (Bielorrusia). Son los tres actos básicos para una empresa española.
  2. Descarga los textos consolidados de EUR-Lex. Usa los números CELEX: 32014R0269, 32014R0833, 32006R0765. Elige siempre la versión consolidada — contiene todos los cambios de los sucesivos paquetes.
  3. Consulta la lista consolidada de la UE. España no mantiene una lista nacional autónoma; la lista vinculante es la consolidada de la UE,12 complementada por las listas de la ONU y OFAC. Compruébalas con regularidad.
  4. Implanta un procedimiento de sanction screening. Cada nueva contraparte y cada nuevo pedido requieren una comprobación contra las listas actualizadas. No de una sola vez — con regularidad, porque las listas se actualizan incluso varias veces por semana.
  5. Comprueba si te afecta el art. 5n o el art. 12g del Reglamento 833/2014. El art. 5n regula la prohibición de prestar determinados servicios (entre otros, de asesoramiento, jurídicos, de TI y contables) al Gobierno de Rusia y a entidades establecidas en Rusia.15 El art. 12g introduce la obligación contractual de prohibir la reexportación — si exportas a terceros países productos de la lista correspondiente, debes incluir en el contrato la cláusula «No re-export to Russia».16 Cómo funciona este mecanismo y cómo reconocer el riesgo lo explicamos en el artículo sobre la elusión de las sanciones a través de terceros países.
  6. Documenta tu proceso. En una inspección de la AEAT (Aduanas) o del Tesoro Público tienes que poder mostrar la prueba de que compruebas sistemáticamente a las contrapartes. Lleva un registro de coincidencias con fechas, números de paquete y resultados (CLEAR / POSSIBLE / MATCH).
  7. Sigue los nuevos paquetes. La UE ya ha adoptado 20 paquetes de sanciones contra Rusia6 — el más reciente, en abril de 2026.17 Los nuevos paquetes pueden añadir tu sector o tus códigos NC. Configura una alerta en la página de la DG FISMA o utiliza una herramienta que vigile los cambios automáticamente.

Cómo puede ayudar Sanqto

Seguir los cambios en los reglamentos 269/2014 y 833/2014, verificar a las contrapartes en varias listas a la vez y documentar todo el proceso — es un trabajo que la mayoría de las pymes hacen a mano, de forma irregular y sin pruebas listas para una inspección. Sanqto es un software de sanction screening instalado on-premise — en la red de tu empresa, de modo que los datos de las contrapartes no salen de tu infraestructura. El sistema trabaja con el modelo de tres estados MATCH / POSSIBLE / CLEAR, lo que da al responsable de cumplimiento margen de decisión para las coincidencias ambiguas. Cargamos automáticamente las listas actualizadas de la DG FISMA, la lista consolidada de la UE y otros registros — no tienes que seguir el Diario Oficial de la UE tras cada nuevo paquete. Con el software entregamos un paquete de documentos de implantación listo para una inspección de la AEAT o del Tesoro Público. Más sobre cómo es el screening en la práctica para distintos sectores: sanction screening en el sector de los seguros, y una revisión de los 20 paquetes de sanciones, en el artículo ¿Cuántos paquetes de sanciones de la UE hay contra Rusia?


Preguntas frecuentes

¿Qué es el art. 29 TUE y qué tiene que ver con las sanciones?

El artículo 29 del Tratado de la Unión Europea (TUE) faculta al Consejo de la UE para adoptar decisiones en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Es sobre esa base como el Consejo adopta la decisión política de imponer sanciones a un determinado país o entidad. La decisión PESC por sí sola no crea obligaciones directas para las empresas — solo el reglamento que la acompaña, basado en el art. 215 TFUE y directamente aplicable en todos los Estados de la UE, impone prohibiciones concretas.

¿De dónde se deduce que el reglamento de la UE obliga a mi empresa sin una ley española?

El reglamento de la UE tiene eficacia jurídica directa — se deriva del art. 288 TFUE, que establece que el reglamento «tendrá un alcance general, será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro». España no necesita aprobar una ley de transposición para que un reglamento de sanciones obligue a tu empresa. La prohibición contenida en el Reglamento del Consejo (UE) n.º 269/20142 se convierte en Derecho vinculante para cualquier entidad en España el día de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

¿Cuál es la diferencia entre el reglamento 269/2014 y el 833/2014?

El Reglamento del Consejo (UE) n.º 269/20142 regula la congelación de activos de personas físicas y entidades concretas — es una lista de personas y empresas designadas nominalmente con las que no puedes realizar operaciones. El Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/20143 regula las prohibiciones sectoriales y de productos: energía, finanzas, transporte, doble uso, servicios. Es este segundo acto el que establece, entre otras cosas, la prohibición de prestar determinados servicios (art. 5n), el mecanismo del tope al precio del petróleo (art. 3n)18 y la obligación de la cláusula «No re-export to Russia» (art. 12g).16 En la práctica compruebas ambos a la vez.

¿Por qué la directiva 2024/1226 no me afecta directamente?

La directiva, a diferencia del reglamento, no obliga a las empresas directamente — obliga a los Estados miembros a aplicar su contenido en el Derecho nacional. La Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) 2024/1226, relativa a la criminalización de la vulneración de las sanciones, debe ser transpuesta por cada Estado de la UE a su propio Código Penal o a una ley aparte. Cuando España apruebe la ley de transposición (Proyecto LO 121/000072), las penas penales por incumplir las sanciones nacerán de esa ley — no directamente de la directiva.

¿España tiene una lista nacional de sanciones propia?

No. España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones.4 La lista vinculante es la consolidada de la UE,12 complementada por la lista de la ONU y, en los puntos de contacto con EE. UU., por la lista OFAC. La autoridad nacional competente en sanciones financieras internacionales es el Tesoro Público, y el régimen administrativo sancionador se apoya en la Ley 19/2003.9 En la práctica, tu empresa comprueba la lista consolidada de la UE como referencia obligatoria.

¿Qué son los reglamentos de ejecución y con qué frecuencia actualizan las listas?

El reglamento de base (p. ej., el 269/2014) define las reglas — quién y por qué puede ser incluido en la lista. Los nombres y entidades concretos se añaden mediante reglamentos de ejecución del Consejo, que formalmente son modificaciones de los anexos del reglamento de base. Estas actualizaciones pueden aparecer cada pocos días o cada pocas semanas — al margen de los «paquetes» que anuncian los medios. El número total de designaciones individuales (personas y entidades) en las listas de la UE contra Rusia tras el 18.º paquete (julio de 2025) superó las 2500.19 Esto significa que la lista es muy larga y dinámica — seguir los cambios a mano, sin un sistema, es realistamente imposible para la mayoría de las pymes.


Base jurídica

Todos los hechos jurídicos de este artículo se apoyan exclusivamente en fuentes verificadas. A continuación, la lista completa de los actos jurídicos a los que nos referimos.

Actos de base de la UE (sanciones contra Rusia):

  • Reglamento del Consejo (UE) n.º 269/2014, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania — CELEX 32014R02692
  • Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/2014, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — CELEX 32014R08333
  • Decisión del Consejo 2014/512/PESC — acto que acompaña al Reglamento 833/20145

Acto de base de la UE (Bielorrusia):

  • Reglamento del Consejo (CE) n.º 765/2006, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra el presidente Lukashenko y determinados funcionarios de Belarús — CELEX 32006R076514

Directivas de la UE:

  • Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) 2024/1226, de 24 de abril de 2024, relativa a la definición de los delitos y de las penas por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión — CELEX 32024L1226

Derecho nacional español:

  • Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales — BOE-A-2003-1347119
  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo — BOE-A-2010-67371020
  • Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo (crea la CVAFT) — BOE-A-2003-1028911
  • Proyecto de Ley Orgánica 121/000072, de transposición de la Directiva (UE) 2024/1226 (en tramitación, no aprobado) — BOCG Congreso8

Instituciones y materiales de referencia:


Footnotes


Información, no asesoramiento jurídico. Este artículo tiene finalidad meramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico. La valoración jurídica de un caso concreto debe realizarse con un abogado experto en derecho de sanciones internacionales y comercio exterior. Situación jurídica: 20 de mayo de 2026.


  1. Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales — núcleo del régimen administrativo de aplicación de las sanciones financieras (art. 4–5, medidas de salvaguardia y excepcionales, base de la congelación) — BOE-A-2003-13471 ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  2. Reglamento del Consejo (UE) n.º 269/2014, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania — EUR-Lex CELEX:32014R0269 ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  3. Reglamento del Consejo (UE) n.º 833/2014, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — DG FISMA, «Sanctions adopted following Russia’s military aggression against Ukraine», finance.ec.europa.eu, EUR-Lex CELEX:32014R0833 ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  4. España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones; la autoridad nacional competente en sanciones financieras internacionales es el Tesoro Público (Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional) — tesoro.es ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  5. Decisión del Consejo 2014/512/PESC — acto que acompaña al Reglamento 833/2014, confirmada por la DG FISMA: «The sanctions regime laying down these measures consists of Council Decision 2014/512/CFSP and Council Regulation (EU) No 833/2014.», finance.ec.europa.eu ↩︎ ↩︎

  6. La UE ha adoptado en total 20 paquetes de sanciones contra Rusia (situación a 23 de abril de 2026); la página de la DG FISMA se actualizó por última vez el 23 de abril de 2026 — finance.ec.europa.eu ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  7. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo (UE) 2024/1226, de 24 de abril de 2024, relativa a la definición de los delitos y de las penas por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión — título y fecha de fuentes públicas; el artículo no cita cifras concretas de penas de esta directiva. EUR-Lex CELEX:32024L1226 ↩︎

  8. Proyecto de Ley Orgánica 121/000072 (XV legislatura), por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal para la transposición de la Directiva (UE) 2024/1226 — en tramitación (Comisión de Justicia, procedimiento de urgencia), no aprobado a fecha de este artículo; España incumplió el plazo de transposición de 20.05.2025 (carta de emplazamiento de la CE de 24.07.2025). No presentar como Derecho vigente. — BOCG Congreso L15-A-72-1 ↩︎ ↩︎

  9. Régimen sancionador administrativo: clasificación de las infracciones (muy graves / graves / leves, art. 8 de la Ley 19/2003) y cuantía de las sanciones (art. 9): muy graves al tanto del contenido económico (mín. 30 000 €), graves a la mitad (mín. 6 000 €), leves a un cuarto (mín. 3 000 €). ⚠ Confirmar la numeración exacta del artículo de las cuantías en el texto consolidado del BOE. — BOE-A-2003-13471 ↩︎ ↩︎ ↩︎

  10. Régimen sancionador de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, para los sujetos obligados (infracciones muy graves / graves / leves). ⚠ Numeración (art. 56–57) y cuantías exactas por confirmar en el BOE. — BOE-A-2010-6737 ↩︎ ↩︎

  11. Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo — crea la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT) y el mecanismo de bloqueo/congelación de fondos vinculados a la financiación del terrorismo (art. 1–2, art. 7) — BOE-A-2003-10289 ↩︎ ↩︎

  12. Lista consolidada de sanciones financieras de la UE, publicada por la Comisión Europea (Financial Sanctions Database) — webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  13. DG FISMA — Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales de la Comisión Europea (Directorate-General for Financial Stability, Financial Services and Capital Markets Union) — gestiona la información sobre las sanciones de la UE — finance.ec.europa.eu ↩︎ ↩︎

  14. Reglamento del Consejo (CE) n.º 765/2006, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra el presidente Lukashenko y determinados funcionarios de Belarús — EUR-Lex CELEX:32006R0765 ↩︎ ↩︎

  15. Art. 5n del Reglamento 833/2014 — prohibición de prestar determinados servicios (contables, de asesoramiento, jurídicos, de TI) al Gobierno de Rusia y a personas jurídicas establecidas en Rusia — DG FISMA FAQ «Provision of services», finance.ec.europa.eu ↩︎

  16. Art. 12g del Reglamento 833/2014 — cláusula «No re-export to Russia», obligación contractual de prohibir la reexportación introducida en el 11.º paquete (23 de junio de 2023) — DG FISMA FAQ, finance.ec.europa.eu ↩︎ ↩︎

  17. Paquete 20: fecha de publicación 23 de abril de 2026 — primera activación de la herramienta «anti-circumvention»; 36 designaciones del sector energético; en total 632 buques de la flota fantasma — DG FISMA, finance.ec.europa.eu ↩︎

  18. Art. 3n del Reglamento 833/2014 — mecanismo del tope al precio del petróleo (oil price cap) para el crudo ruso — DG FISMA, finance.ec.europa.eu ↩︎

  19. El número total de designaciones individuales (personas y entidades) en las listas de la UE contra Rusia tras el 18.º paquete (julio de 2025) superó las 2500 — DG FISMA, «EU adopts 18th package of sanctions against Russia» (18 de julio de 2025): «the number of individual listings exceeds 2500» — finance.ec.europa.eu ↩︎

  20. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo — citada contextualmente (catálogo de sujetos obligados, art. 2) — BOE-A-2010-6737 ↩︎