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Lista de sanciones de la UE — guía práctica para empresas

Qué es la lista de sanciones de la UE, quién la gestiona, dónde encontrarla y cómo verificar a una contraparte. Guía práctica para empresas ajenas al sector financiero.

Publicado: · Equipo Sanqto · 24 min de lectura
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Pantalla con la base de datos EU Financial Sanctions Files — guía de la lista de sanciones de la UE para empresas

La lista de sanciones de la UE —formalmente denominada lista consolidada de la Unión o EU Consolidated List— es el catálogo oficial de personas, empresas y organizaciones sujetas a medidas restrictivas impuestas por la Unión Europea. No es un asunto reservado a los bancos ni a los despachos de abogados: los reglamentos de la UE en los que se apoya esta lista obligan a toda empresa y a todo empresario que opere en el territorio de la UE, de forma directa y sin necesidad de ninguna transposición adicional por parte de un parlamento nacional.1 Si gestionas una agencia de viajes, alquilas inmuebles, vendes productos online o prestas servicios de seguros, esta lista te afecta.

Situación jurídica a fecha de: 2026-05-20.


TL;DR — lo esencial en cinco puntos

  • Qué es — la lista consolidada de la UE (EU Consolidated List / Financial Sanctions Files) es un único fichero que reúne todos los regímenes sancionadores europeos: Rusia, Bielorrusia, Irán, Corea del Norte y más de treinta más. La gestiona la Comisión Europea a través de la Dirección General DG FISMA.2
  • Base jurídica — entre otros, el Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo3 y el Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo4; los reglamentos de la UE se aplican sin transposición.1
  • Dónde buscar — la base Financial Sanctions Files (FSD) en webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf (XML/CSV) y el EU Sanctions Map en sanctionsmap.eu.56
  • Con qué frecuencia se actualiza — con mucha frecuencia, en la práctica tras cada paquete de sanciones; la lista no es un documento estático, requiere un seguimiento continuo.
  • Regla del 50 % — las sanciones alcanzan no solo a las entidades inscritas en la lista, sino también a las empresas en las que una entidad listada posee más del 50 % del capital o ejerce el control.7

Qué es la lista consolidada de la UE y quién la gestiona

La lista consolidada de sanciones de la UE —en su denominación oficial, EU Consolidated List o Financial Sanctions Files (FSF/FSD)— es una base de datos central que reúne en un único lugar todas las entradas de todos los regímenes sancionadores europeos en vigor. Cada régimen de sanciones (relativo, por ejemplo, a Rusia, Bielorrusia, Irán o Corea del Norte) tiene su propio reglamento, con un anexo que contiene los nombres concretos de personas y empresas. La lista consolidada agrupa esos anexos en un solo fichero, lo que facilita la búsqueda.

La lista la gestiona y publica la DG FISMA —la Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales, una unidad de la Comisión Europea.2 La DG FISMA es la responsable de la política de sanciones financieras de la UE y actualiza la base de datos consolidada cada vez que entra en vigor un nuevo paquete o un cambio de inclusión. Sin embargo, las decisiones de inscribir o retirar a las entidades las adopta el Consejo de la Unión Europea —el órgano integrado por los ministros de los Estados miembros— sobre la base de los reglamentos y decisiones adoptados en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común.

Una distinción importante: la DG FISMA es el administrador y editor de la lista, pero quien legisla es el Consejo de la UE. La consecuencia práctica: la lista consolidada la publica la Comisión, pero su contenido deriva de los reglamentos adoptados por el Consejo, y son esos reglamentos los que tienen fuerza vinculante, no la lista en sí como fichero descargable.


Base jurídica de la lista de la UE

La lista de sanciones de la UE no tiene una única base jurídica: es el resultado de múltiples reglamentos, cada uno referido a un régimen sancionador y a un contexto geográfico distinto. Los dos reglamentos que toda empresa europea debería conocer en primer lugar son:

El Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.3 Es el reglamento «personal»: su Anexo I contiene la relación de personas físicas y entidades concretas sujetas a la congelación de activos y a la prohibición de poner fondos a su disposición. Se actualiza con cada nuevo paquete de sanciones.

El Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.4 Es el reglamento «sectorial»: limita la exportación, la importación y los servicios en sectores determinados, con independencia de quién sea la parte de la operación. Las sanciones sectoriales no se basan en una lista de nombres, sino en códigos de mercancías y categorías de servicios.

Para Bielorrusia, ese mismo papel lo desempeña el Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006.8 Existen además otra decena de regímenes sancionadores relativos a Irán, Corea del Norte, Siria, Malí, Myanmar y otros países, cada uno basado en un reglamento propio.

Un hecho clave: los reglamentos de la UE son directamente aplicables en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición por parte de los parlamentos nacionales.1 Esto significa que las empresas españolas están sujetas a estas normas desde el momento de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, sin ninguna ley adicional de las Cortes y sin ninguna vacatio legis vinculada a una implementación nacional. Es el fundamento de todo el sistema: el Derecho de la Unión actúa aquí con más rapidez y mayor alcance que el Derecho nacional.

A escala nacional, el complemento en España es el régimen administrativo de aplicación de las sanciones financieras internacionales, articulado principalmente por la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.9 Esta ley no transpone los reglamentos de la UE —porque estos no requieren transposición—, sino que dota a las autoridades nacionales de instrumentos de salvaguardia (congelación de fondos) y establece el régimen sancionador administrativo aplicable cuando se incumplen las medidas restrictivas, gestionado por el Tesoro Público.10 En el ámbito de la financiación del terrorismo, el mecanismo nacional de bloqueo de fondos lo regula la Ley 12/2003, de 21 de mayo.11


Lista consolidada vs. EU Sanctions Map — la diferencia

Mucha gente confunde dos herramientas: la lista consolidada (Financial Sanctions Files) y el EU Sanctions Map (sanctionsmap.eu). Son dos productos distintos, con finalidades distintas.

HerramientaQué esPara qué sirveFormato de datos
EU Financial Sanctions Files (FSD)Base de datos (fichero descargable)Verificación automática de contrapartes, integración con sistemas informáticosXML, CSV
EU Sanctions MapMapa interactivo / buscadorConsultar regímenes sancionadores, formación, comprobación manual de una sola personaInterfaz web

EU Financial Sanctions Files (FSD)5 — es la verdadera lista consolidada de sanciones de la UE en forma de fichero descargable. Disponible en webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf, la gestiona la DG FISMA.2 Contiene los datos completos de todas las entidades sujetas a sanciones de la UE: nombres de personas y empresas, alias, fechas de nacimiento, números de identificación, bases jurídicas de las inscripciones y fechas de incorporación. Es precisamente este fichero el que debe servir de base para el screening automático en tu sistema.

EU Sanctions Map6 — es una herramienta orientativa disponible en sanctionsmap.eu. Permite consultar qué regímenes de sanciones se aplican a un país concreto, hacer clic en el mapa de Europa y del mundo y ver las conexiones entre paquetes. Resulta útil cuando quieres entender la estructura de las sanciones de la UE o comprobar puntualmente a una persona concreta sin tener que descargar el fichero XML. Pero no sustituye a un screening sistemático: no es una herramienta para integrar con sistemas informáticos y carece de un fuzzy matching avanzado que tenga en cuenta alias y transliteraciones.

La diferencia es, por tanto, esencial: el FSD son datos en bruto para los sistemas de cumplimiento; el EU Sanctions Map es una interfaz formativa y orientativa para personas. En la práctica, si realizas un screening de sanciones periódico, necesitas el FSD (o una herramienta que descargue el FSD automáticamente). Trata el Sanctions Map como punto de entrada cuando quieras aprender algo sobre un régimen de sanciones concreto.


Cómo encontrar y consultar la lista de la UE — paso a paso

Comprobar a una contraparte en la lista de sanciones de la UE no es complicado si sabes dónde buscar. Así se hace en la práctica.

Paso 1: Elige la fuente de datos. Tienes dos opciones: descargar el fichero FSD directamente del servidor de la DG FISMA o utilizar el buscador del EU Sanctions Map. Para una comprobación puntual puedes empezar por el EU Sanctions Map6: entra en sanctionsmap.eu, elige la opción de búsqueda de entidades e introduce el nombre. Para el screening periódico de tu cartera de clientes, descarga el fichero XML o CSV desde webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf.5

Paso 2: Descarga la versión actual del fichero. El fichero FSD lo actualiza la DG FISMA2 cada vez que cambia la lista. La fecha de actualización figura junto al fichero. Asegúrate de descargar la versión más reciente: una lista de hace una semana puede no incluir las entradas añadidas en el último paquete de sanciones.

Paso 3: Busca el nombre completo de la empresa o el nombre y apellidos completos. No abrevies. Si buscas la empresa «Ромашка ООО», busca tanto la transliteración latina (p. ej., «Romashka») como la versión original. Las listas de la UE contienen entradas en varias versiones lingüísticas y distintos sistemas de escritura.5

Paso 4: Comprueba los alias y los nombres anteriores. Cada entrada del FSD incluye un campo de «alias»: nombres anteriores, transliteraciones, abreviaturas. Una persona puede figurar como «Ivanov», «Iwanow» e «Ivanoff» a la vez. Una empresa puede tener dos nombres: uno español y otro ruso. Comprobar manualmente las múltiples variantes es tedioso; las herramientas automáticas con fuzzy matching lo hacen con mayor rapidez y precisión.

Paso 5: Verifica los identificadores, no solo los nombres. El nombre y los apellidos por sí solos no bastan. La lista contiene fechas de nacimiento, números de pasaporte, equivalentes al NIF en los países de registro y direcciones de las sedes sociales. Ante una coincidencia de nombre positiva o dudosa, compara siempre al menos dos identificadores adicionales.

Paso 6: Anota la fecha y el resultado de la comprobación. La documentación es la prueba de la diligencia debida. Registra: la fecha de la comprobación, la versión de la lista (p. ej., «FSD descargado el 2026-05-20»), el resultado (sin coincidencia / dudoso / coincidencia confirmada) y el nombre de la persona que realizó la verificación. Este registro será clave en caso de una eventual inspección del Tesoro Público o de la AEAT.12


Cómo verificar a una contraparte en la lista de la UE

Verificar a una contraparte requiere algo más que introducir un nombre en un buscador. Estos son los cuatro elementos que determinan la calidad de la verificación.

Comparación de identificadores

Cada entrada de la lista consolidada de la UE incluye un conjunto de identificadores que permiten determinar inequívocamente la identidad de la entidad: la fecha y el lugar de nacimiento (para personas físicas), el número de pasaporte o de documento de identidad, los equivalentes al DNI o al NIF nacional, la dirección de la sede social (para empresas) y el número de registro en el registro mercantil correspondiente. Una buena verificación consiste en comparar al menos dos de esos identificadores con los datos que se poseen de la contraparte: el nombre y los apellidos por sí solos generan demasiados falsos positivos con apellidos rusos o ucranianos frecuentes.

Alias y transliteraciones

La transliteración del cirílico al alfabeto latino no está estandarizada: una misma persona puede escribirse de decenas de formas distintas según el país que emite el documento. Las listas de sanciones contienen un campo de «alias» que recoge variantes ortográficas conocidas, seudónimos comerciales y nombres anteriores. La comprobación manual de todas las variantes es propensa a descuidos. Un buen sistema de screening aplica fuzzy matching: un algoritmo que tolera las diferencias de grafía y compara la semejanza fonética de los nombres. Cómo descomponer una entrada concreta en sus elementos lo mostramos en el artículo sobre cómo leer una entrada de la lista de sanciones.

La regla de propiedad superior al 50 %

Las sanciones de la UE aplican la denominada ownership rule: una entidad queda sujeta a las medidas restrictivas si una persona o empresa de la lista de sanciones posee más del 50 % de su capital o ejerce el control sobre ella de cualquier otra forma.7 Esto significa que debes verificar no solo a la propia contraparte, sino también a sus titulares reales (UBO — Ultimate Beneficial Owner). Una empresa registrada en España puede tener un propietario ruso incluido en la lista, y entonces la operación con esa empresa está prohibida, aunque la propia empresa no figure en la lista con su propio nombre.

Las estructuras de holding y las cadenas de propiedad en varios niveles a través de sociedades registradas en Chipre, Malta, los Emiratos u otro tercer país son una técnica habitual para encubrir a los propietarios sancionados. La verificación del UBO va más allá de un simple cotejo de la lista: requiere acudir a los registros mercantiles nacionales.

Resultado de la verificación en tres estados

Un screening profesional no da un resultado binario SÍ/NO. Aplica tres estados:

  • MATCH — los datos de la contraparte coinciden inequívocamente con una entrada de la lista (al menos dos identificadores confirmados). La operación debe suspenderse, los fondos congelarse y el caso comunicarse al organismo competente.
  • POSSIBLE — hay semejanza en el nombre o en algunos datos, pero falta la confirmación mediante identificadores. Se requiere una verificación manual y una decisión documentada.
  • CLEAR — sin coincidencia. La operación puede continuar, pero el resultado de la comprobación debe conservarse en el registro.

Con qué frecuencia se actualiza la lista

La lista consolidada de la UE no es un documento estático que se publique una vez al año. La actualiza la DG FISMA2 cada vez que el Consejo de la UE adopta un nuevo reglamento o introduce un cambio en un paquete existente, y eso ocurre con regularidad. Más allá de los paquetes de sanciones completos, hay decisiones puntuales que añaden o retiran entradas individuales.

La implicación práctica para tu empresa es sencilla: descargar la lista una sola vez y usarla durante varios meses es un error de cumplimiento. La lista debe actualizarse con regularidad —como estándar mínimo, una vez por semana— y, ante un gran número de contrapartes o un riesgo sectorial elevado, con mayor frecuencia. Igual de importante es volver a comprobar a las contrapartes habituales después de cada actualización de la lista: una persona que estaba en CLEAR la semana pasada puede aparecer en la lista hoy. Este tema lo desarrollamos en el artículo sobre las actualizaciones de las listas de sanciones.

Para las empresas que quieran automatizar este proceso, la DG FISMA ofrece el FSD en formatos XML y CSV.5 La descarga y el procesamiento del fichero pueden automatizarse: no hace falta comprobar manualmente cada vez.


La lista de la UE frente a las listas nacionales y otras listas

La lista consolidada de la UE no es la única lista que una empresa debería tener en cuenta. En paralelo rigen varios otros registros, de alcance y fuerza vinculante distintos.

Listas nacionales — a diferencia de algunos otros países de la UE, España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones: se aplica la lista consolidada de la UE. Existe, no obstante, un mecanismo nacional de bloqueo de fondos vinculados a la financiación del terrorismo, gestionado por la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT) sobre la base de la Ley 12/2003, de 21 de mayo.11 La autoridad nacional competente en materia de sanciones financieras internacionales es el Tesoro Público (Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional).13

Lista de la ONU (UN Security Council Consolidated List)14 — gestionada por los Comités de Sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU, disponible en un.org/securitycouncil/content/un-sc-consolidated-list. Para una empresa española es clave el hecho de que las sanciones de la ONU entran en el ordenamiento jurídico nacional a través de los reglamentos de la UE: la UE implementa las resoluciones del Consejo de Seguridad como actos jurídicos propios.1 Al consultar la lista consolidada de la UE, verificas indirectamente la lista de la ONU. La comprobación por separado de la lista de la ONU tiene sentido, sobre todo, en contratos con socios de fuera de la UE.

Lista OFAC SDN (EE. UU.)15 — gestionada por la U.S. Office of Foreign Assets Control, disponible en ofac.treasury.gov. Formalmente obliga a las «U.S. persons» —personas y entidades vinculadas a Estados Unidos—. Afecta indirectamente a una empresa española si liquida operaciones en dólares (el clearing en USD pasa por bancos estadounidenses), tiene contrapartes o titulares reales en EE. UU., exporta productos con componentes de origen estadounidense o tiene una filial en Estados Unidos.

Lista OFSI del Reino Unido16 — gestionada por la Office of Financial Sanctions Implementation del HM Treasury, disponible en gov.uk/government/publications/financial-sanctions-consolidated-list-of-targets. Relevante si tu empresa tiene cualquier punto de contacto con el Reino Unido: una sucursal, clientes británicos, pagos en libras o contratos con una cláusula de sanciones regida por el Derecho inglés.

Una comparación detallada de las cuatro listas principales —la de la UE, la de la ONU, la de la OFAC y las nacionales— la encontrarás en el artículo listas de sanciones de la UE, la ONU y la OFAC — guía. La cuestión de si tu empresa tiene siquiera la obligación de realizar sanction screening la aborda el artículo ¿tiene mi empresa que realizar sanction screening?.


FAQ — preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente la EU Consolidated List?

Es una única base de datos consolidada que contiene las entradas de todos los regímenes sancionadores europeos en vigor. La gestiona la DG FISMA —una Dirección General de la Comisión Europea— y la publica en formato XML y CSV en webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf.5 Ha sustituido la necesidad de revisar por separado cada reglamento y sus anexos: todas las entradas están en un solo lugar.

¿Me obliga la lista de sanciones de la UE si no soy un banco?

Sí. Los reglamentos de la UE en los que se inserta la lista de sanciones son actos jurídicos directamente aplicables en todos los Estados miembros, sin excepción por sector, actividad o tamaño de la empresa.1 Los bancos y las entidades financieras tienen obligaciones adicionales derivadas de la normativa antiblanqueo17, pero eso no significa que las demás empresas estén exentas de cumplir los reglamentos de sanciones. El régimen sancionador administrativo10 alcanza a cualquier entidad que incumpla las obligaciones derivadas de las medidas restrictivas de la UE.

¿Cuál es la diferencia entre la EU Consolidated List y el EU Sanctions Map?

La EU Consolidated List (FSD) es un fichero con datos: una base para descargar e integrar con sistemas informáticos.5 El EU Sanctions Map6 es un buscador interactivo y orientativo, útil para formarse y para una comprobación puntual. Para el screening periódico de contrapartes necesitas el FSD, no el Sanctions Map.

¿Con qué frecuencia debo actualizar la lista de sanciones de la UE?

Como mínimo, una vez por semana. La lista la actualiza la DG FISMA2 tras cada cambio —un paquete de sanciones o una inscripción puntual— y los cambios se producen con regularidad. Una contraparte habitual que estaba limpia la semana pasada puede figurar hoy en la lista. La descarga automática del fichero FSD actualizado elimina el riesgo de operar con datos desfasados.

¿Qué es la regla del 50 % y cómo se aplica?

La regla de propiedad (ownership rule) significa que las sanciones de la UE alcanzan automáticamente a las entidades en las que una persona o empresa de la lista de sanciones posee más del 50 % del capital o ejerce el control sobre ellas.7 En la práctica: si tu contraparte tiene un socio ruso incluido en la lista que posee el 60 % de las acciones, esa empresa también está sujeta a sanciones, aunque no figure en la lista con su propio nombre. La verificación del titular real (UBO) es imprescindible.

¿En qué se diferencia la lista de la UE de una lista nacional?

La lista de la UE obliga a todas las empresas de todos los Estados miembros y es el resultado de las decisiones del Consejo de la UE.2 España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones: se aplica la lista consolidada de la UE.13 Sí existe, en paralelo, un mecanismo nacional de bloqueo de fondos vinculados a la financiación del terrorismo gestionado por la CVAFT (Ley 12/2003).11 Las empresas españolas deben verificar la lista de la UE como referencia principal y vinculante.


Qué hacer en concreto — lista de pasos

  1. Determina que la obligación afecta a tu empresa. Si desarrollas tu actividad en el territorio de la UE, estás sujeto a los reglamentos de sanciones.1 No hay exención para las pymes, para los empresarios autónomos ni para sectores concretos ajenos al financiero.

  2. Descarga la lista consolidada de la UE actualizada. Entra en webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf y descarga el fichero XML o CSV.5 Comprueba la fecha del fichero: solo cuenta la versión más reciente.

  3. Consulta el mecanismo nacional de bloqueo cuando proceda. Para fondos vinculados a la financiación del terrorismo, la autoridad competente en España es la CVAFT (Ley 12/2003).11 En materia de sanciones financieras internacionales, la autoridad de referencia es el Tesoro Público.13

  4. Verifica a cada nueva contraparte antes de la primera operación. Comprueba el nombre completo y los alias. Compara dos identificadores: la fecha de nacimiento, el número de pasaporte o el NIF. Anota el resultado y la fecha.

  5. Comprueba al titular real (UBO) de la contraparte. Si la entidad tiene socios de países de alto riesgo (Rusia, Bielorrusia, Irán, Corea del Norte), verifica la estructura de propiedad. La regla del 50 % significa que tampoco puedes operar con una contraparte que tenga un vínculo sancionador indirecto.7

  6. Establece un ciclo de actualización de las listas. Descarga la nueva versión del FSD como mínimo una vez por semana. Con una base de clientes amplia, con más frecuencia. En cada actualización, vuelve a comprobar a las contrapartes habituales.

  7. Mantén un registro de comprobaciones. Para cada comprobación, anota: la fecha, la versión de la lista, los datos de la contraparte, el resultado (CLEAR / POSSIBLE / MATCH) y el nombre de la persona responsable. El registro de coincidencias es tu prueba de diligencia debida en caso de inspección del Tesoro Público o de la AEAT.12

  8. Elabora un procedimiento para el caso de coincidencia. Antes de obtener un MATCH, define qué haces: quién decide, cuándo congelas los fondos y a quién comunicas el caso (el Tesoro Público / la AEAT12 o el SEPBLAC18, según el contexto). El procedimiento debe estar escrito de antemano, no improvisado durante el incidente.


Cómo puede ayudarte Sanqto

Descargar y revisar manualmente la lista de la UE, el mecanismo nacional de bloqueo y, en su caso, la lista de la OFAC en cada operación es una tarea laboriosa y propensa a errores, sobre todo cuando la base de contrapartes cuenta con cientos o miles de entidades. Sanqto automatiza todo este proceso: el software funciona on-premise, en la infraestructura de tu empresa, de modo que los datos de los clientes nunca salen de tu red. Los resultados de la verificación se devuelven en el modelo de tres estados MATCH / POSSIBLE / CLEAR. Las listas se actualizan automáticamente —incluida la lista consolidada de la UE de la DG FISMA2—. En el paquete de implantación recibes documentos de cumplimiento listos para usar: la política de sanciones, el registro de coincidencias, la instrucción de puesto y los modelos de escritos, exactamente lo que necesitarás durante una inspección.

Si desarrollas tu actividad en sectores en los que la obligación de sanction screening suele ignorarse, consulta las páginas de tu sector: turismo y agencias de viajes o seguros. Una visión general de qué es una lista de sanciones y de cómo funciona todo el sistema la encontrarás en el artículo qué es una lista de sanciones y por qué afecta a tu empresa.


Base jurídica

  • Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania — CELEX 32014R0269
  • Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — CELEX 32014R0833
  • Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia — CELEX 32006R0765
  • Directiva (UE) 2024/1226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la definición de los delitos y las penas por la violación de las medidas restrictivas de la Unión — CELEX 32024L1226
  • Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales — BOE-A-2003-13471
  • Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo — BOE-A-2003-10289
  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo — BOE-A-2010-6737
  • EU Financial Sanctions Database (FSD) — DG FISMA, Comisión Europea — webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf
  • EU Sanctions Map — sanctionsmap.eu
  • UN Security Council Consolidated List — un.org/securitycouncil/content/un-sc-consolidated-list
  • OFAC Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (SDN) — ofac.treasury.gov
  • UK OFSI Consolidated List of Financial Sanctions Targets — gov.uk/government/publications/financial-sanctions-consolidated-list-of-targets

Footnotes


Información, no asesoramiento jurídico. Este artículo tiene finalidad meramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico. La valoración jurídica de un caso concreto debe realizarse con un abogado experto en derecho de sanciones internacionales y comercio exterior. Situación jurídica: 20 de mayo de 2026.


  1. El reglamento de la UE es directamente aplicable en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición. Fuente: EUR-Lex — eur-lex.europa.eu/ES/legal-content/summary/regulation-eu-legal-act.html. Cita: «A regulation is binding in its entirety and directly applicable in all Member States.» Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  2. DG FISMA (Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales) — órgano de la Comisión Europea responsable de la política de sanciones financieras de la UE y de la gestión de la Consolidated List. Fuente: finance.ec.europa.eu/eu-and-world/sanctions-restrictive-measures_en. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  3. Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. Texto canónico en EUR-Lex — CELEX 32014R0269. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎

  4. Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania. Fuente: DG FISMA — finance.ec.europa.eu; EUR-Lex — CELEX 32014R0833. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎

  5. EU Financial Sanctions Database (FSD), gestionada por la DG FISMA, Comisión Europea. Hub: finance.ec.europa.eu/eu-and-world/sanctions-restrictive-measures_en; endpoint FSD: webgate.ec.europa.eu/fsd/fsf. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  6. EU Sanctions Map — herramienta interactiva para consultar los paquetes y los destinatarios de las sanciones de la UE. URL: sanctionsmap.eu. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  7. Regla de propiedad (ownership/control rule) — las sanciones de la UE alcanzan a las entidades en las que una persona o entidad de la lista posee más del 50 % del capital o ejerce el control. Fuente: DG FISMA FAQ — finance.ec.europa.eu. Cita: «An entity is considered as ‘owned’ by a sanctioned person if the latter owns more than 50% of its proprietary rights.» Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  8. Reglamento (UE) n.º 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia. EUR-Lex — CELEX 32006R0765. Estado: verificado. ↩︎

  9. Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales. Núcleo del régimen administrativo de aplicación de las sanciones financieras internacionales en España. BOE — BOE-A-2003-13471. Estado: verificado. ↩︎

  10. Régimen sancionador administrativo de las infracciones en materia de movimientos de capitales y transacciones económicas con el exterior — Capítulo II de la Ley 19/2003, de 4 de julio (clasificación de infracciones muy graves / graves / leves y cuantía de las sanciones). Autoridad competente: Tesoro Público. BOE — BOE-A-2003-13471. Estado: verificado (la numeración exacta de los artículos sobre cuantías debe confirmarse en el texto consolidado del BOE). ↩︎ ↩︎

  11. Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo — crea la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo (CVAFT) y el mecanismo nacional de bloqueo de fondos vinculados a la financiación del terrorismo. BOE — BOE-A-2003-10289. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎

  12. Tesoro Público y AEAT/Aduanas — autoridades competentes en la aplicación de las medidas restrictivas en España: el Tesoro Público en sanciones financieras internacionales y la AEAT/Aduanas en los embargos comerciales y el control en frontera. Fuentes: tesoro.es; agenciatributaria.es. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎

  13. Tesoro Público (Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional) — autoridad nacional competente en materia de sanciones financieras internacionales en España. España no mantiene una lista nacional autónoma de sanciones; se aplica la lista consolidada de la UE. URL: tesoro.es. Estado: verificado. ↩︎ ↩︎ ↩︎

  14. UN Security Council Consolidated List — lista de personas y entidades sujetas a medidas del Consejo de Seguridad de la ONU, gestionada por los Comités de Sanciones. URL: un.org/securitycouncil/content/un-sc-consolidated-list. Estado: verificado. ↩︎

  15. OFAC Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (SDN List) — U.S. Department of the Treasury. URL: ofac.treasury.gov/specially-designated-nationals-and-blocked-persons-list-sdn-human-readable-lists. Estado: verificado. ↩︎

  16. UK OFSI Consolidated List of Financial Sanctions Targets — HM Treasury. URL: gov.uk/government/publications/financial-sanctions-consolidated-list-of-targets. Estado: verificado. ↩︎

  17. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (Derecho AML/CFT nacional español; catálogo de sujetos obligados y habilitación del SEPBLAC). BOE — BOE-A-2010-6737. Estado: verificado. ↩︎

  18. SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias) — Unidad de Inteligencia Financiera y supervisor AML/CFT de España. Base: Ley 10/2010, de 28 de abril. Fuente: sepblac.es. Estado: verificado. ↩︎